Abril 25, 2022
Para iniciar, ¿Qué es una tercería?
Es un recurso jurídico que establece la Ley para que una tercera persona (que está ajena a al juicio) y no tiene nada que ver con la demanda de embargo que se llevó a cabo, declare ante el Tribunal que los bienes que se van a rematar son suyos, por lo que el embargo de los mismos es improcedente.
Es importante destacar que la tercería de posesión se debe interponer en contra del ejecutante y del ejecutado. En otras palabras, en contra del acreedor y del deudor. Teniendo el efecto de detener el embargo y salvar dichos bienes.
Para este proceso, se necesita probar que los bienes (muebles, televisores, computadores, entre otros) que han sido embargados en el domicilio, son efectivamente de propiedad de la tercería y no de la persona que mantiene la deuda con dicha empresa y que indicó como domicilio su casa.
Para probar lo anterior se puede hacer mediante:
- Facturas o boletas de compra.
- Certificado de dominio de la propiedad.
- Cartola Hogar del Registro Social de Hogares.
- 3 testigos que no sean familiares directos, que puedan dar fe de que los bienes embargados son efectivamente de su propiedad.
¿Para qué sirven las tercerías?
Las tercerías (existen varios tipos para cada situación de deuda) le permitirán al deudor zafarse de un embargo, es decir, de la venta de todos sus bienes, conservando así su patrimonio. Y también sirven, en caso de que estén embargando bienes de tu propiedad a nombre de otra persona que en este caso es el deudor, bien sea tu hijo, hermano, tío; si tus bienes no le pertenecen, tu deber es interponer un recurso de tercería para evitar la venta de dichos bienes.
Ahora, ¿Cuándo se debe hacer una tercería?
La tercería se debe interponer desde el momento en que se ejecuta el embargo hasta antes que se rematen los bienes. Precisamente en este orden:
Paso 1: Tengo una deuda.
Paso 2: Dicha deuda se vence.
Paso 3: La empresa me demanda.
Paso 4: Para que proceda el embargo, debe darse un proceso legal que es llamado “juicio ejecutivo” donde un tribunal verifica el monto de la deuda y emite la sentencia.
Paso 5: Va un receptor judicial a mi casa para tomar nota de mis bienes (embargo).
Paso 6: Se presenta la tercería en este momento, justo antes de que embarguen tus bienes.
¿Qué es la tercería de pago?
La tercería de pago es aquella en la que interviene un extraño en el juicio ejecutivo, pretendiendo que tiene el derecho para concurrir en el pago con el ejecutante, a falta de otros bienes del deudor.
La Ley señala que se da lugar “a la tercería del que pretende concurrir con el primer ejecutante en el pago de una obligación igualmente ejecutiva, siempre que no haya bienes suficientes para satisfacer a ambos acreedores. De esta manera se evitarán las dificultades que a menudo se ofrecen, adoptándose una regla equitativa que ampare los derechos del tercerista”.
Para que la tramitación de Tercería de pago sea efectiva el tercerista debe invocar un título ejecutivo y probar que el ejecutante no tiene preferencia alguna para el pago y que el deudor carece de otros bienes.
¿Qué tan efectivas son las tercerías?
En general este proceso es bastante efectivo. Ahora bien, al presentar una tercería se abre un juicio dentro del juicio ejecutivo, esto quiere decir que las tercerías deben comprobarse, para ello se requiere de un abogado especialista, quien sabrá cómo presentar el caso para lograr un resultado favorable en el juicio.
Si este es tu caso, llena los datos correspondientes en la casilla de contacto, nosotros vamos a comunicarnos contigo y evaluaremos tu caso. En Liquidación legal somos expertos en temas de deudas y embargos.