Mayo 12, 2022
Si eres parte de los usuarios que ha tenido deudas con La Tesorería General o sospechas que las tienes, has llegado al lugar indicado para informarte sobre el tema. Estas deudas son más comunes de lo que crees, pues muchos han caído en mora con pagos tan importantes como los que definen a la Tesorería General. Aquí te mostraremos cómo puedes saber si efectivamente tienes deudas con esta entidad y cómo proceder en la resolución de las mismas.
Para comenzar, ¿Cómo saber si tengo deuda con la Tesorería?
Es sencillo, podrás saberlo realizando el trámite de manera Online, es gratuito, y va dirigido a toda persona natural o jurídica.
Para conocer tu deuda, sigue estos pasos:
- Debes ingresar a la página web de la Tesorería de la República haciendo clic aquí .
- Ir al apartado Certificados y Comprobantes.
- Luego a Certificados.
- Clic en Certificados Fiscales.
- Y, por último; Certificado Deudas Fiscales.
Cuando estés en esta ventana, vas a darle clic a la opción ¨Iniciar trámite¨, te pedirá tus datos de ingreso autenticando con clave vigente, y podrás visualizar tu certificado de deuda fiscal, el cual podrás imprimir o enviarte por correo electrónico.
Certificado de deuda Tesorería General de la República
Este certificado permite conocer y acreditar el estado de las deudas fiscales, (vencidas y las que estén por vencer), además de los reajustes, intereses y multas en caso de que las haya.
Es un documento que emite sólo la Tesorería General de la República y certifica en detalle las cuotas de contribuciones impagas, o bien, certifica que no hay deudas para el rol consultado.
¿Cómo adquirir el Certificado de deuda?
Se puede obtener directamente en www.tgr.cl, de la siguiente manera: Menú Principal, Certificados y Comprobantes, la opción Deudas Fiscales, ingresas con tu clave única, y obtendrás el trámite. O si prefieres dirigirte hasta la entidad y hacer el trámite personalmente, también está la opción de realizarlo en todas las Tesorerías Regionales y Provinciales del País.
Ahora, ¿Cómo puedo eliminar deudas de Tesorería?
Te contamos que, en términos generales, la Tesorería General de la República (TGR) tiene un plazo de hasta 3 años para ejercer la acción de cobro de los impuestos y créditos fiscales, este plazo nace comúnmente desde la fecha de notificación del giro. Concurridos estos 3 años, puedes solicitar la prescripción de la deuda. Acotando que este no es un trámite que se da de manera automática. Debes hacer tú mismo la petición para que prescriban tu deuda.
¿Se puede solucionar una deuda con la Tesorería General?
Sino fue posible pagar tu deuda, existe la opción de condonarla.
Los deudores morosos demandados por el Servicio de Tesorería, que cumplan los requisitos y acompañen la documentación, podrán solicitar mayor condonación a la regla general.
Se entenderán como casos excepcionales de mayor condonación de intereses y multas los siguientes:
Casos sociales; condonación de hasta 90%
- Personas naturales que han acreditado de manera fehaciente, el no contar con una capacidad de pago que les permita solucionar su situación tributaria.
- Instituciones, Organismos del Sector Público y Municipalidades; y personas jurídicas sin fines de lucro, afectadas por una situación económica compleja.
- Micro y pequeñas empresas que presenten una situación económica compleja, acreditada con la correspondiente documentación contable y financiera.
Pagos sobre 2.500 UTM.
Deudores que realicen un pago por un monto superior a las 2.500 UTM, que represente a lo menos el 10% del valor total del impuesto neto adeudado.
Si eres persona natural, estos son los requisitos para pedir la condonación de tu deuda:
- Solicitud fundada que señale por qué incurrió en la deuda.
- Declaración Jurada de Bienes ante Notario Público, emitida por el contribuyente cuya antigüedad no sea superior a un mes, respecto de la fecha de solicitud del beneficio de condonación.
- Documentos que acrediten ingresos mensuales, como al menos seis últimas liquidaciones de sueldos o remuneraciones, de pago de pensiones, subsidios o rentas, boletas de honorarios emitidas, certificado de cotizaciones previsionales, entre otros.
- En el evento de invocar enfermedades graves, haber sido víctima de un delito u otra circunstancia que suponga un hecho extraordinario, deberá acompañar aquellos documentos que acrediten que se encuentra en la situación descrita, fecha de ocurrencia y proyección de gastos asociados a la situación que le afecta.
- En el caso de enfermedades deberá acompañarse un certificado médico, en el caso siniestro de incendio un certificado de bomberos, en el caso de delitos, denuncia presentada ante el Ministerio Público o Carabineros de Chile, es decir, todo certificado que acredite su palabra ante la Tesorería.
Si tienes dudas o consultas sobre este tema, déjanos un comentario en la casilla de preguntas.
Y si estás pasando por una situación de deuda, o por un momento legal desfavorable, no dudes en llenar tus datos en el apartado de contacto. Nosotros nos comunicaremos contigo y encontraremos la mejor solución para tu caso.
lei su artículo y cometi el peor error de mi vida.
Mi padre tenia una antigua deuda por una estafa, fuimos a la Tesorería a pedir la prescripción y me activaron la cobranza. Porque es un procesimiento legal que hay que reclamar con abogado.
Si van a escribir algo, sean responsables de hacerlo bien.
Hola Leandro, en este artículo no decimos que la prescripción de deuda se hace por sí sola, de hecho, puedes revisar cada uno de nuestros artículos que hablan sobre prescribir y en cada apartado especifica que no es un proceso automático y que debe hacerse de la mano de un abogado. En todo caso, si la deuda es muy antigua se puede apelar a ella y cesar la cobranza.